Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el sistema de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

DOGV - Núm. 3.028   1997.07.04  

    TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES.
        Artículo 1. Objeto.
        Artículo 2. Ámbito de aplicación.
        Artículo 3. De los titulares de los derechos.
        Artículo 4. Principios generales de actuación.
    TÍTULO I. DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS.
        Artículo 5. De las competencias de la Generalidad.
        Artículo 6. De las competencias de las Administraciones Locales.
        Artículo 7. De los Servicios Sociales y la integración laboral.
        Artículo 8. Del Plan de Financiación Concertado con las Entidades Locales.
    TÍTULO II. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES.
        Artículo 9. Contenido de los Servicios Sociales.
        Artículo 10. De la estructura de los Servicios Sociales.
        CAPÍTULO I. LOS SERVICIOS SOCIALES GENERALES.
            Artículo 11. Definición.
            Artículo 12. Contenido de los Servicios Sociales Generales.
        CAPÍTULO II. LOS SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS.
            Artículo 13. Definición.
            Artículo 14. De la familia, infancia y juventud.
            Artículo 15. Actuaciones en el sector de la familia.
            Artículo 16. Actuaciones en el sector de la infancia.
            Artículo 17. De las instituciones colaboradoras de integración familiar y de las entidades de mediación en materia de adopción internacional.
            Artículo 18. Actuaciones en el sector de la juventud.
            Artículo 19. Del Comisionado para la Protección del Menor.
            Artículo 20. De la tercera edad.
            Artículo 21. De las personas con discapacidades.
            Artículo 22. De las drogodependencias.
            Artículo 23. De los enfermos terminales.
            Artículo 24. De la mujer.
            Artículo 25. De las minorías étnicas.
            Artículo 26. De otros colectivos con riesgo de marginación.
    TÍTULO III. DE LOS EQUIPAMIENTOS, PROGRAMAS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS.
        Artículo 27. De los Centros Sociales.
        Artículo 28. De los Centros de Día.
        Artículo 29. De los Centros de Acogida, Albergue y Comedores Sociales.
        Artículo 30. De los Centros Residenciales.
        Artículo 31. De los Centros de Atención Temprana.
        Artículo 32. De los Centros Ocupacionales.
        Artículo 33. Otros equipamientos.
        Artículo 34. De las condiciones de los centros.
        Artículo 35. De los programas.
        Artículo 36. Sobre algunos programas específicos.
        Artículo 37. De las prestaciones económicas.
        Artículo 38. De las prestaciones económicas individualizadas.
        Artículo 39. De la gestión y pago de las prestaciones económicas.
    TÍTULO IV. DE LA PARTICIPACIÓN E INICIATIVA SOCIAL Y DEL VOLUNTARIADO.
        CAPÍTULO I. SOBRE EL CONSEJO VALENCIANO DE BIENESTAR SOCIAL.
            Artículo 40. De los órganos específicos de asesoramiento y participación.
            Artículo 41. De las funciones del Consejo Valenciano de Bienestar Social.
            Artículo 42. De los medios del Consejo Valenciano de Bienestar Social.
            Artículo 43. De la composición del Consejo Valenciano de Bienestar Social.
            Artículo 44. De las atribuciones de los miembros del Consejo Valenciano de Bienestar Social.
        CAPÍTULO II. DE LA ORDENACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES.
            Artículo 45. De la ordenación de los Servicios Sociales.
            Artículo 46. De los Registros.
            Artículo 47. De la autorización.
            Artículo 48. De la autorización provisional.
            Artículo 49. De la autorización definitiva.
            Artículo 50. Sobre sanciones por no tener autorización.
            Artículo 51. De la modificación de las condiciones.
            Artículo 52. De la competencia para las autorizaciones de funcionamiento.
            Artículo 53. Del concierto de plazas residenciales con la iniciativa privada.
        CAPÍTULO III. SOBRE EL VOLUNTARIADO.
            Artículo 54. Del voluntariado.
    TÍTULO V. DE LA FINANCIACIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.
        CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
            Artículo 55. Sobre presupuestos.
            Artículo 56. Sobre conciertos.
            Artículo 57. Sobre precios públicos.
        CAPÍTULO II. DE LA FINANCIACIÓN LOCAL.
            Artículo 58. Sobre el Reglamento de Financiación Local para el Plan Concertado.
            Artículo 59. Sobre el carácter del Plan Concertado.
        CAPÍTULO III. DE LAS APORTACIONES DE LOS USUARIOS Y LAS USUARIAS.
            Artículo 60. De la regulación de los precios públicos.
            Artículo 61. Sobre los principios que presiden el establecimiento de precios públicos.
    TÍTULO VI. DE LOS CENTROS CONCERTADOS.
        Artículo 62. Sobre la definición de centro concertado.
        Artículo 63. Sobre el Reglamento de los centros concertados.
        Artículo 64. Sobre los conciertos.
        Artículo 65. Sobre cuantías y plazos de los conciertos.
        Artículo 66. Sobre normas para la cobertura de plazas en centros concertados.
        Artículo 67. Sobre la extinción de conciertos.
        Artículo 68. Sobre las causas de incumplimiento.
    TÍTULO VII. DE LAS GARANTÍAS EN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
        CAPÍTULO I. DE LA FUNCIÓN INSPECTORA.
            Artículo 69. De la función inspectora.
            Artículo 70. Sobre las funciones básicas de la Inspección.
            Artículo 71. Sobre el desarrollo de las funciones inspectoras.
            Artículo 72. Sobre los inspectores.
            Artículo 73. De la actuación de la inspección.
            Artículo 74. De las actas de inspección.
            Artículo 75. Sobre situaciones de riesgo inminente.
        CAPÍTULO II. DE LAS RESPONSABILIDADES.
            Artículo 76. De los sujetos responsables.
            Artículo 77. Sobre las responsabilidades.
        CAPÍTULO III. DE LAS INFRACCIONES.
            Artículo 78. De las infracciones administrativas.
            Artículo 79. De los tipos de infracciones.
            Artículo 80. Sobre las infracciones leves.
            Artículo 81. Sobre infracciones graves.
            Artículo 82. Sobre infracciones muy graves.
            Artículo 83. Del concepto de reincidencia.
        CAPÍTULO IV. DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
            Artículo 84. Sobre sanciones administrativas.
            Artículo 85. De la graduación de las sanciones.
            Artículo 86. De la prescripción de las infracciones y de las sanciones.
            Artículo 87. Sobre excepciones.
        CAPÍTULO V. DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.
            Artículo 88. Del procedimiento sancionador.
            Artículo 89. De la iniciación del procedimiento sancionador.
            Artículo 90. Del instructor.
            Artículo 91. Sobre medidas provisionales.
            Artículo 92. De la resolución del expediente sancionador.
            Artículo 93. De recursos.
            Artículo 94. De la publicidad de las sanciones.
    TÍTULO VIII. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y LAS USUARIAS.
        Artículo 95. Sobre generalidades acerca de derechos y deberes de los usuarios y las usuarias.
        Artículo 96. De los reglamentos de los centros de Servicios Sociales.
        Artículo 97. Sobre obligaciones de los usuarios y las usuarias.
    DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
    DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
    DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
    DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.
    DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.
    DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
    DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
    DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
    DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
    DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.